Indemnización a la que tiene derecho en su caso de lesiones personales en California
Usted tiene derecho a varios niveles de indemnización por su caso de lesiones personales en California. La información presentada a continuación le ayudará a entender la compensación a la que tiene derecho. Para ayuda experta llámenos al 800-816-1529.
- Si usted tiene un caso de lesiones personales en el estado de California, debe dejar de leer inmediatamente y llamar a nuestro bufete de abogados al (800) 816-1529 Ext. 1 para una consulta telefónica gratuita. Le haremos saber por teléfono lo que pensamos sobre su caso.
- Si creemos que podemos serle de ayuda y decide contratar nuestros servicios, le enviaremos los documentos necesarios para contratar a nuestro bufete de abogados por correo electrónico.
- Si no tiene seguro médico ni médico de cabecera, podemos remitirle inmediatamente a un médico cualificado de su zona para que le preste atención médica.
- Sí, todo esto se puede lograr con una sola llamada telefónica a nuestro bufete de abogados. (Sí, incluso si usted no tiene seguro médico.) Hacemos todo lo posible para simplificar el proceso para usted.
Indemnización a la que tiene derecho en su caso de lesiones personales en California
Daños y perjuicios generales
Los Daños Generales abarcan los siguientes gastos que no son de su bolsillo:
DOLOR
Usted tiene derecho a una compensación por el dolor que ha soportado y soportará en el futuro como resultado de su Accidente de Lesiones Personales en California.
El dolor se clasifica en Severo, Moderado, Leve y Leve. Puede ser continuo o intermitente. Ocasionalmente, el dolor es clasificado en una escala de 0 a 10, con 0 representando la menor cantidad de dolor y 10 representando la mayor cantidad.
El dolor crónico es el que dura un periodo de tiempo prolongado o el resto de la vida de una persona. El dolor crónico suele ser el aspecto más significativo de sus pérdidas.
Es difícil cuantificar el coste del sufrimiento. Sin el elemento del dolor futuro, su reclamación por daños relacionados con el dolor puede carecer de valor.
SUFRIMIENTO
Usted tiene derecho a una compensación monetaria por el dolor y el sufrimiento que ha padecido y padecerá como consecuencia de su accidente con lesiones personales en California.
Con frecuencia, los accidentes y las lesiones provocan alteraciones en el estilo de vida, depresión, ansiedad, neurosis y problemas en las relaciones.
Es difícil cuantificar el valor del sufrimiento. Sin embargo, usted debe ser compensado por su dolor.
PÉRDIDA DEL DISFRUTE DE LA VIDA
Usted tiene derecho a una compensación monetaria por la pérdida de disfrute de la vida incurrido como resultado de sus lesiones sufridas en el accidente de lesiones personales de California.
La pérdida del disfrute de la vida abarca todas las actividades que solía disfrutar antes del accidente y que ya no puede hacer, tiene dificultades para hacer o temporalmente ya no puede hacer.
Aficiones, actividades deportivas, bailar, ir a cenar o al cine, las relaciones íntimas con un cónyuge o pareja, pasar tiempo de calidad con los niños, cónyuges, amigos u otras personas significativas, etc, son ejemplos de una pérdida de disfrute de la vida. La pérdida del disfrute de la vida abarca todas las actividades de las que antes disfrutaba pero que ya no puede hacer, tiene dificultades para hacer o ha sido temporalmente incapaz de hacer. Debe ser compensado por la disminución de su calidad de vida.
ANGUSTIA EMOCIONAL
Tras sufrir una lesión personal, todos los seres humanos pueden experimentar, y de hecho experimentan, algún tipo de nerviosismo, ansiedad, depresión, insomnio, estrés postraumático, flashbacks o una combinación de los mismos.
Incluso los individuos más resistentes experimentan angustia emocional como resultado de su accidente de lesiones.
Aunque no necesite acudir a un psiquiatra o psicólogo, tiene derecho a una indemnización por angustia emocional.
Pérdida de capacidad laboral
En una demanda por lesiones personales, la ley de California permite al demandante recuperar daños y perjuicios por «pérdida de capacidad de ganancia». El demandante es compensado por los ingresos relacionados con el trabajo que es probable que pierda en el futuro debido a un accidente u otro acto ilícito.
DAÑOS ESPECIALES
Los Daños Especiales consisten únicamente en las pérdidas sufridas como consecuencia de su Accidente con Daños Personales en California.
PÉRDIDA DE INGRESOS
Tiene derecho a una compensación económica por cualquier pérdida de ingresos sufrida como consecuencia del accidente.
Si va a sufrir pérdidas de ingresos en el futuro, se determinará la cuantía de dichas pérdidas.
No obstante, la probabilidad de que se produzcan pérdidas de ingresos en el futuro debe ser razonable.
La pérdida de capacidad de ganancia es una incapacidad temporal para trabajar o una incapacidad permanente que dificulta la capacidad de una persona para competir en el mercado laboral.
La defensa debe compensar la pérdida de capacidad de ganancia a un ritmo razonable.
GASTOS
Los gastos incluyen daños a la propiedad, pérdida de uso de un vehículo, facturas médicas, recetas, viajes de ida y vuelta al médico y cualquier otro coste asociado a su demanda por lesiones personales en California.
Usted debe recibir compensación monetaria por todos los gastos razonables y necesarios que usted incurrió como resultado del accidente.
La defensa es responsable tanto de los gastos pasados como de los futuros. Sin embargo, como con la Pérdida de Ingresos, la pérdida debe ser razonablemente segura de ocurrir.
En California, se le indemniza por el coste de reparación de su vehículo hasta su VALOR COMERCIAL JUSTO. Si el coste de las reparaciones supera el valor justo de mercado del vehículo, sólo recibirá el valor justo de mercado del vehículo.
El valor justo de mercado de un vehículo no es su valor «de libro azul», sino su valor en la calle. Por ejemplo, si busca en Internet un coche del mismo año, marca y modelo en las mismas condiciones, el valor justo de mercado de su vehículo sería el precio medio de ese vehículo en su zona.
Para obtener más información acerca de lo que los daños y perjuicios que tiene derecho en su caso de lesiones personales de California llamar a las Oficinas Legales de Norman Gregory Fernández y Asociados ahora en 800-816-1529.
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La oficina legal de Norman Gregory Fernández y Asociados tiene más de 26 años de experiencia en el manejo de casos de lesiones personales en todo el estado de California. Hemos manejado miles de casos y obtuvo millones de dólares en acuerdos y sentencias para nuestros clientes. Llame ahora para una consulta gratis sin presión con un abogado real. 800-816-1529 extensión 1.
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