Proposición 213, Abogado de Conductores sin Seguro de California

Abogados con experiencia en accidentes conocen las excepciones a la Proposición 213 y la posibilidad de disputar la Proposición 213 en su caso. Nuestro bufete de abogados es uno de los pocos bufetes que toman casos para Conductores que no tienen seguro en California. Para ayuda llámenos al 800-816-1529.

California Proposition 213 uninsured Driver Attorney

Proposición 213 de la Ley de California sobre conductores sin seguro

Lo que un abogado puede hacer por usted

Si sufre lesiones en un accidente de tráfico, independientemente de si tiene seguro o no, debería consultar a un abogado. Un abogado puede trabajar en su nombre para obtener la máxima indemnización posible por sus daños económicos (reparación del vehículo, facturas médicas, terapia y salarios perdidos). Un abogado de accidentes de tráfico también puede evaluar la posibilidad de daños no económicos (dolor y sufrimiento).

Muy pocos bufetes de abogados de accidentes automovilísticos de lesiones personales en California aceptan casos relacionados con la proposición 213. Las oficinas legales de Norman Gregory Fernández representan a nuestros clientes en estos casos. Llame al 800-816-1529

El estatuto de conductores sin seguro de California:

Según la proposición 213, si usted es víctima de un accidente de coche y su vehículo no está asegurado, sólo tiene derecho a recuperar los daños económicos. Dolor, sufrimiento, molestias, deterioro físico, desfiguración, y otros daños no económicos no son recuperables. 

Como conductor sin seguro que ha sufrido lesiones, sólo tiene derecho a recuperar daños económicos como gastos médicos, salarios perdidos y reparación del vehículo. 

Hay algunas excepciones. 

Si usted es pasajero de un vehículo no asegurado, tiene derecho a una indemnización tanto por daños económicos como no económicos. Si el conductor del vehículo culpable estaba bajo los efectos del alcohol o las drogas, el conductor que resultó herido puede tener derecho a daños económicos y no económicos. Otras excepciones a la proposición 213 son los menores de edad y las personas que reclaman por muerte por negligencia.

Aspectos legales de la proposición 213

Las normas de la proposición 213 están codificadas en las secciones 3333.3 y 3333 del código civil de California. El artículo 3333.3 del Código Civil prohíbe el reintegro de daños y perjuicios si las lesiones de la parte perjudicada han sido causadas de algún modo por cometer un delito grave. El código civil 3333.4 prohíbe a los propietarios y conductores de vehículos lesionados en un accidente recuperar daños no económicos si la parte lesionada no estaba asegurada en el momento del accidente, tal como establece la ley de responsabilidad financiera de California.

La aplicación de la proposición 213 tuvo lugar el 6 de noviembre de 1996.

Los defensores de los demandantes desafiaron inmediatamente los estatutos. En varios casos, se ha determinado que la proposición 213 es inconstitucional bajo las circunstancias específicas de ese caso. Sin embargo, la mayoría de los abogados defensores, compañías de seguros y peritos de reclamaciones de seguros.

¿Qué es la Propuesta 213 de California?

La Proposición 213 prohíbe que los conductores lesionados en un accidente de coche reciban una indemnización por su dolor y sufrimiento, aunque el accidente no haya sido culpa suya, si no tienen seguro de coche o si el vehículo que conducían no está asegurado.

En California, si usted resulta herido en un accidente de coche, sus daños pueden ser limitados dependiendo de si el coche que conducía estaba asegurado. En 1996, el sector de los seguros gastó millones de dólares para aprobar la proposición 213. Ha generado miles de millones de dólares. Ha generado miles de millones de dólares en beneficios para la industria aseguradora porque los californianos sin seguro de automóvil que resultan heridos en un accidente de coche sin tener la culpa reciben menos indemnización del conductor que causó el accidente.

Funcionamiento de la proposición 213

  • ¿El coche que conducía en el momento del accidente estaba asegurado? 

    En caso afirmativo, la proposición 213 no es aplicable. Tiene derecho a una indemnización completa por sus lesiones. No hay límite máximo de indemnización. 

    Si su respuesta es no, ¿era usted el pasajero o el conductor? 

    – La Proposición 213 no se aplica si usted era pasajero. Usted tiene derecho a una recuperación completa de sus lesiones. Tanto los daños económicos como los no económicos son recuperables.

    – Si usted era el conductor de un vehículo sin seguro, la proposición 213 se aplica a usted. Sujeto a las siguientes excepciones, el conductor sólo tiene derecho a recuperar los daños económicos, tales como salarios perdidos y gastos médicos en este escenario. Los daños no económicos, como el dolor y el sufrimiento, la discapacidad, la desfiguración y la angustia emocional, no pueden ser recuperados por el conductor.

Excepciones importantes de la proposición 213

Entendemos que hay casos en los que usted puede no tener seguro o puede haber creído erróneamente que el vehículo que conducía estaba asegurado. Estamos comprometidos a obtener la máxima recuperación permitida por la ley para los automovilistas lesionados, independientemente de si tienen seguro de auto. 

Excepciones a la regla estricta de la proposición 213 se han desarrollado. Proposición 213 no se aplica cuando: 

– El conductor estaba operando un vehículo no asegurado propiedad de su empleador;

– El accidente ocurrió en propiedad privada; o

– El propietario del vehículo no tenía seguro, pero el conductor que tomó prestado el vehículo sí tenía seguro de otro vehículo. En este caso, se considera que el conductor está asegurado y tiene derecho a la totalidad de la indemnización por daños y perjuicios.

Incluso si la proposición 213 se aplica, un abogado experto y dedicado accidente de auto en las Oficinas Legales de Norman Gregory Fernández y Asociados puede obtener para usted cada dólar que tiene derecho por daños económicos, tales como daños a la propiedad, gastos médicos y salarios perdidos. Llame al 800-816-1529 para una consulta gratuita.

¿Qué deben saber los conductores de California sobre la proposición 213?

Si usted resultó herido en un accidente de coche en California que fue causado por la negligencia de otro conductor, usted puede tener derecho a una indemnización por sus pérdidas. Sin embargo, su capacidad para recuperar los daños puede ser limitada si se lesionó mientras conducía un vehículo sin seguro. Esto es debido a un estatuto de California que restringe la capacidad de los automovilistas sin seguro para recuperar los daños no económicos. Hay múltiples excepciones a la regla general de que las personas sin seguro no pueden recuperar todos los daños a los que de otro modo tendrían derecho. Usted puede ser capaz de recuperar una compensación justa por sus pérdidas con la ayuda de un abogado experto en accidentes de California. Nosotros podemos ayudarle. Llame al 800-816-1529.

¿Más información sobre la Propuesta 213?

En 1996 se aprobó la proposición 213 en California. El sector de los seguros gastó millones en presionar para que se aprobara esta ley. Al evitar el pago de daños no económicos a los conductores lesionados que conducían vehículos sin seguro en el momento de sus colisiones, las compañías de seguros han generado miles de millones de dólares en beneficios adicionales. “3333.4. (a) excepto lo dispuesto en la subdivisión (c), en cualquier acción para recuperar los daños derivados de la operación o uso de un vehículo de motor, una persona no podrá recuperar las pérdidas no económicas para compensar el dolor, sufrimiento, inconvenientes, deterioro físico, desfiguración, y otros daños no pecuniarios si cualquiera de los siguientes se aplica: 

(1) la parte lesionada estaba operando el vehículo en violación de la sección 23152 o 23153 del código de vehículos en el momento del accidente y fue condenado por ese delito. 

(2) la parte lesionada era el propietario de un vehículo involucrado en la colisión que no estaba asegurado como lo requieren las leyes de este estado sobre la responsabilidad financiera. 

(3) la parte lesionada era el operador de un vehículo involucrado en la colisión, y el operador es incapaz de establecer la responsabilidad financiera como es requerido por las leyes de responsabilidad financiera de este estado. 

(b) a excepción de lo dispuesto en la subsección (c), un asegurador no será responsable, directa o indirectamente, en virtud de una póliza de seguro de responsabilidad civil o de motorista sin seguro para indemnizar a una persona lesionada como se describe en la subsección (a) por pérdidas no económicas (a). 

(c) si una persona descrita en el párrafo (2) de la subdivisión (a) fue lesionado por un automovilista que estaba operando su vehículo en violación de la sección 23152 o 23153 del código del vehículo en el momento del accidente y fue condenado por ese delito, la persona lesionada no se impedirá la recuperación de las pérdidas no económicas para compensar el dolor, sufrimiento, molestias, deterioro físico y desfiguración.” 

De acuerdo con 3333.4(a)(1)-(3), este estatuto prohíbe a las víctimas de accidentes recuperar daños por pérdidas no económicas, como dolor y sufrimiento, incapacidad y desfiguración, cuando se cumple una de las siguientes condiciones. 

– El conductor lesionado conducía bajo los efectos del alcohol o las drogas.

– La persona lesionada era propietaria de un vehículo no asegurado que estuvo implicado en el accidente.

– El conductor lesionado no puede demostrar que ha cumplido con los requisitos de responsabilidad financiera del estado.

Si el vehículo que usted conducía estaba asegurado en el momento del accidente, la proposición 213 no se aplica. Esto significa que usted podría recuperar una indemnización por sus pérdidas no económicas. Si usted fue lesionado en un accidente como pasajero de un vehículo sin seguro, la proposición 213 no se aplica a usted siempre y cuando usted no fuera el dueño del vehículo sin seguro. Usted es elegible para recibir compensación por sus pérdidas económicas y no económicas. 

Hay excepciones a la proposición 213 que pueden permitirle recuperar compensación completa por sus pérdidas si usted conducía un vehículo sin seguro en un accidente que fue causado por otra parte.

Más excepciones a la Proposición 213

En ciertos casos, un conductor puede desconocer que el vehículo que conducía no estaba asegurado. Incluso si usted no califica para una excepción, la proposición 213 no le impide recuperar daños por sus gastos médicos pasados y futuros, salarios perdidos pasados y futuros, y otras pérdidas monetarias de su bolsillo cuando la negligencia de otro conductor causó su accidente. La proposición 213 también contiene ciertas excepciones, incluyendo las siguientes: 

– la proposición 213 no cubre a los pasajeros de vehículos no asegurados si no son propietarios del vehículo no asegurado.

– la proposición 213 no se aplica a conductores de autos de compañía cuyos empleadores no han asegurado sus vehículos.

– personas cuyos accidentes mortales no están cubiertos por la proposición 213

– los conductores sin seguro que sufren lesiones en accidentes causados por conductores ebrios no están cubiertos por la proposición 213.

– La proposición 213 no es aplicable a los accidentes que ocurren en propiedad privada.

– La proposición 213 no prohíbe el cobro de daños punitivos.

– La proposición 213 no se aplica si el conductor tenía seguro en un vehículo diferente, pero el vehículo involucrado en el accidente no tenía seguro y era propiedad de otra parte.

Si la proposición 213 se aplica a su caso, un abogado con experiencia en lesiones personales puede ayudarle a recuperar los daños por todas sus pérdidas económicas, incluso si se le prohíbe recuperar los daños por pérdidas no económicas. Si usted estuvo involucrado en un accidente automovilístico sin seguro que fue causado por la negligencia de otra persona, es imperativo que consulte con un abogado con experiencia en accidentes automovilísticos.

¿Por qué los daños no económicos son cruciales para el valor de una reclamación por accidente de tráfico?

Hay dos tipos principales de daños en un caso de lesiones personales: daños económicos o especiales y daños no económicos o generales. Los daños especiales son indemnizaciones monetarias que le compensan por sus gastos reales, como facturas médicas, pérdida de salarios y daños a la propiedad. Los daños no económicos o generales constituyen la mayor parte de las indemnizaciones que suelen concederse en las demandas por lesiones personales. Estos daños están pensados para compensarle por las siguientes pérdidas más intangibles: 

– Sufrimiento físico y dolor.

– Deformidad y cicatrices.

– Discapacidad

– Angustia mental o emocional. 

Estos daños se determinan multiplicando el importe de sus gastos médicos por un factor de entre 2 y 6 a la hora de solicitar un acuerdo. Si sufre lesiones graves, se aplicará un factor mayor. Debido a esto, sus pérdidas no económicas pueden superar con creces sus pérdidas monetarias. Debido a la extensa investigación y al trabajo necesario para construir una reclamación sólida por lesiones, muchos abogados de lesiones personales no aceptarán un caso en el que se aplique la proposición 213 porque los costes pueden superar la cantidad recuperable. Un abogado de lesiones personales puede revisar su caso para determinar si se aplica una excepción y explicar sus opciones disponibles. 

Si usted fue lesionado en un accidente causado por la negligencia de otro conductor mientras su vehículo no estaba asegurado, debe consultar a un abogado para determinar si se aplica una excepción. Un abogado de las oficinas legales de Norman Gregory Fernández investigará todas las posibles vías de recuperación para usted. Póngase en contacto con nosotros al 800-816-1529 para una consulta gratuita hoy

Law Office of Norman Gregory Fernandez Conference Room

Obtenga ayuda ahora

Las oficinas legales de Norman Gregory Fernández y Asociados tiene más de 25 años de experiencia en el manejo de casos de lesiones personales en todo el estado de California. Hemos manejado miles de casos y obtenido millones de dólares en acuerdos y sentencias para nuestros clientes. Llame ahora para una consulta gratis sin presión con un abogado real. 800-816-1529 extensión 1.

 

Puede descargar nuestra California Accident App para iOS y Android haciendo clic aquí y visitando nuestra página California Accident App. Esta aplicación le permitirá grabar y transmitir toda la información relacionada con su caso de lesiones por conductor sin seguro Proposición 213 a nuestra oficina.

Contáctenos Rápidamente

Para una consulta gratuita

¡O llame a nuestra línea de ayuda las 24 horas AHORA!

800-816-1529

Acepto

12 + 13 =

Twitter
Visit Us
Follow Me
Tweet
Instagram
LinkedIn
Share
Youtube
Youtube
Follow by Email